Micelio
Auto23 de octubre de 2024

A- de 2024

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Gallego De Los Rios Carlos Alfonso·Demandado Empresas Municipales De Cali Emcali Eice Esp

Tema · dato duro
Demanda En La Que Se Solicita La Declaración De La Terminación Unilateral Del Vínculo Laboral Sin Justa Causa, El Reintegro Y El Pago De Acreencias Laborales Dejados De Percibir-Cargo De Director Otorga Calidad De Empleado Público.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias relativas al pago de presuntas acreencias laborales en el marco de una relación legal y reglamentaria entre servidores públicos y el Estado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Cali, Valle del Cauca y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Cali, Valle del Cauca, suscitado por una demanda ordinaria laboral presentada por un ciudadano, en contra de EMCALI EICE ESP, con la que pretende se declare que la demandada dio por terminado su contrato de trabajo de manera unilateral y sin justa causa y, en consecuencia, se ordene su reintegro y, adicionalmente, se le reconozca pensión vitalicia de jubilación convencional.

Cumplidos los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena tiene en cuenta que el demandante tenía la calidad de empleado público al momento del despido, conforme la constancia de la empresa que reposa en el expediente, que certifica que se desempeñaba en el cargo de Director del Área Funcional Administración Dirección de la Dirección de Gestión Ambiental Corporativa de la Gerencia General.

De acuerdo con ello, la Sala Plena concluye, en atención al Auto 608 de 2023, con la regla de decisión según la cual, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer de las controversias laborales en las que se pretende el reintegro y el reconocimiento de acreencias laborales por parte de un demandante que prima facie tuvo un cargo de dirección que le otorga la calidad de empleado público.

La Corte remite el expediente al Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Cali para que proceda con lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Cali, y el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Cali es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por el señor Carlos Alfonso Gallego De los Ríos en contra de EMCALI EICE E.S.P
  3. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5584 al Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Cali para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
  4. Primero. Laboral de ese mismo Circuito.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.